Preguntas frecuentes

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¿Qué es el CRC del CFIA?

El CRC es un departamento del CFIA, que tiene como misión ofrecer un espacio de diálogo y negociación, mediante el empleo de mecanismos de resolución alterna de conflictos (RAC), para dirimir las diferencias que surjan del ejercicio de las disciplinas de las Ingenierías y de la Arquitectura. Tanto el Centro como sus nóminas de terceros neutrales, están acreditados y debidamente autorizados ante el Ministerio de Justicia y Paz para la administración institucional de los procesos de conciliación y de arbitraje.

¿Para qué se creó el CRC?

El CRC se creó para brindar un espacio de diálogo a los particulares y a los miembros del CFIA que, en el cumplimiento de un servicio profesional contratado, encuentran dificultades, obstáculos, diferencias o conflictos que desean solucionar.

¿Puede emitir alguna sanción el CRC?

No, el CRC es una instancia voluntaria para las partes que tienen alguna diferencia originada de una relación profesional. Abre un espacio de diálogo y comunicación para buscar una solución satisfactoria a su problema. Opera bajo el principio de autonomía de la voluntad de las partes y al amparo de la Ley Nº7727 “Sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social”.

¿Qué tipo de conflictos puede atender el CRC?

El CRC puede atender cualquier conflicto de naturaleza patrimonial y disponible que se genere a raíz de la ejecución o interpretación de un contrato escrito o verbal, que tenga relación con el ejercicio de las profesiones de los miembros del CFIA, en la que al menos una de las partes involucradas es miembro del CFIA.

¿Quién puede solicitar la intervención del CRC?

Puede solicitar la participación del CRC cualquiera de las partes en conflicto o el mismo CFIA por medio de alguno de sus departamentos.

¿Qué es la conciliación?

Es un proceso voluntario de resolución alternativa de conflictos mediante el cual, en forma privada y confidencial, las partes tratan de solucionar el suyo, con la asistencia de un conciliador o neutral que facilita la comunicación entre ellas.

¿Quién es el conciliador o neutral?

El conciliador o neutral es un tercero imparcial capacitado en conciliación, miembro del CFIA, que conocerá el fondo del asunto a tratar. Tiene el deber de confidencialidad acerca de todo lo que las partes manifiesten y procura que ellas mismas identifiquen sus intereses y lleguen a una solución satisfactoria y conveniente para ambas.

¿Puede resultar de la conciliación un perdedor y un ganador?

No, de la conciliación resaltarán dos ganadores; para ello las partes deberán ceder y buscar opciones que en forma realista cumplan con los objetivos de ambas.

¿Cuáles servicios presta el CRC en el caso de la conciliación?

El CRC selecciona uno de los profesionales de su nómina de conciliadores, cuyo nombramiento está sujeto a la aprobación de las partes. Este conciliador conduce el proceso y asiste a las partes para que lleguen a la solución satisfactoria de su conflicto.

¿Cuánto puede durar una conciliación?

Un caso típico de conciliación puede durar una o dos audiencias en conjunto, como promedio, para llegar a un acuerdo. Por lo general, se programa una por semana, de acuerdo a la disponibilidad de las partes.

¿Cuánto se debe pagar por los servicios de conciliación?

Los procesos de conciliación no tienen ningún costo para las partes.

¿Cómo funciona un comité de solución de controversias?

Un comité de solución de controversias está compuesto por uno o tres neutrales nombrados por las partes para emitir recomendaciones durante la ejecución de una obra o servicio de ingeniería o arquitectura, de carácter público o privado, a fin de facilitar la ejecución y el cumplimiento del contrato.

¿Quiénes son los adjudicadores?

Los adjudicadores son los neutrales nombrados por las partes, son profesionales especialistas en diversas áreas, los cuales forman parte de una lista oficial del CRC y son los encargados de conformar los comités de solución de controversias.

¿Cuál es el costo de un comité de solución de controversias?

El costo de la contratación de un comité de solución de controversias varía en función del tipo de comité. Las obligaciones, compromisos y especificaciones de los adjudicadores y sus contratantes, deben definirse claramente por medio de un contrato privado suscrito entre las partes involucradas en el proceso. En este documento se detalla el alcance de la contratación.

¿Qué ventajas tienen los comités de solución de controversias?

Conocen el proyecto y proponen soluciones expeditas cuando surgen las diferencias. Se adaptan a las necesidades del proyecto. Los proyectos reducen el riesgo de entrar en una pausa o en un conflicto de mayor duración. Disminuyen considerablemente las diferencias que se llevan a un arbitraje. Promueve la solución conjunta de problemas y mantiene la relación profesional.

¿Qué es el arbitraje?

Es un procedimiento privado por medio del cual las partes nombran un Tribunal Arbitral, que resuelve en definitiva la controversia entre ellas, mediante la emisión de un laudo que es de acatamiento obligatorio.

¿Qué es un tribunal arbitral?

Es el órgano que resolverá la controversia sometida a arbitraje. Podrá estar constituido por un miembro y en este caso se llamará tribunal unipersonal. Si estuviese constituido por tres miembros se llamará tribunal colegiado. Podrá ser de derecho cuando este compuesto únicamente por abogados; podrá ser de equidad cuando este compuesto únicamente por árbitros de equidad; podrá ser pericial cuando este compuesto únicamente por peritos y podrá ser de equidad mixto cuando esté compuesto por un presidente abogado y los otros dos miembros sean de equidad. (Tomado del Artículo 1.- del Reglamento del Centro de Resolución de Conflictos del CFIA)

¿Cuáles son las ventajas del CRC?

Economía en tiempo, dinero y desgaste emocional; no deteriora la relación entre las partes. Por ser un proceso privado y confidencial; se desarrolla en un ambiente de confianza. El acuerdo de conciliación o laudo dan por finalizado el conflicto y son de acatamiento obligatorio. Tienen valor de cosa juzgada material. Esto significa que, si una de las partes no lo cumple, la otra puede acudir a un Juzgado para que ejecute la sentencia.

¿Cuáles servicios no ofrece el CRC?

El CRC no brinda servicios de terapia a las partes, ni brinda servicios legales o propios del ejercicio de las ingenierías ni de la Arquitectura. El CRC no les resuelve a las partes sus problemas, sino que les brinda los mecanismos necesarios para que ellas mismas encuentren una solución que satisfaga sus intereses.

¿Dónde se puede obtener mayor información sobre el CRC?

En el 3° piso de las Oficinas Centrales del CFIA, ubicadas 25 metros al este de la Heladería Pops en Curridabat, al teléfono 2103-2242 o en la página web http://www.crc.cfia.or.cr/. Puede enviar información al fax 2234-6697 o al correo electrónico crc@cfia.or.cr.