Es un procedimiento voluntario, privado y confidencial, por medio del cual las partes en conflicto son asistidas por un tercero imparcial, que colabora con el objetivo de facilitar la comunicación entre ellas y obtener un acuerdo que satisfaga los intereses de ambas partes.
El acuerdo de conciliación tiene el valor legal de una sentencia judicial y da por terminada la diferencia, pudiendo además ser ejecutado en los Tribunales de Justicia en caso de incumplimiento.
El conciliador no actúa como juez, asesor ni perito; el conciliador dirige el proceso, facilita la comunicación, identifica los intereses de las partes y procura que los acuerdos sean viables y duraderos.