Información General

El CRC es una unidad especializada del CFIA que ofrece espacios de diálogo y negociación para resolver diferencias relacionadas con las disciplinas de la ingeniería y la arquitectura. Utiliza métodos alternativos como la conciliación, el arbitraje y los comités de solución de controversias (Dispute Boards), ofreciendo soluciones eficientes y confidenciales.

El CRC maneja conflictos de naturaleza patrimonial derivados de la ejecución o interpretación de contratos, ya sean escritos o verbales, relacionados con las profesiones de ingeniería y arquitectura. Al menos una de las partes involucradas debe ser miembro del CFIA.

No, el CRC no impone sanciones. Los casos deben ser patrimoniales.  El CFIA tiene otras instancias para analizar la ética en el ejercicio profesional.  La función del CRC es facilitar espacios de diálogo para que las partes encuentren soluciones mutuamente satisfactorias, basándose en la autonomía de la voluntad y según la Ley Nº7727 sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social. 

El CRC no proporciona servicios de asesoría legal, terapia psicológica ni consultoría en ingeniería o arquitectura. Su rol es ofrecer mecanismos para que las partes involucradas resuelvan sus diferencias de manera autónoma.

Conciliación

Puede llenar el formulario de solicitud en Aquí

Es fundamental que brinde los datos del miembro del CFIA con el que quiere conciliar, el número de proyectos (si aplica), que describa el conflicto y señale su pretensión inicial.

Es un proceso voluntario y confidencial donde las partes en conflicto, asistidas por un conciliador imparcial, buscan alcanzar un acuerdo que las satisfaga a ambas.

Es un profesional neutral, capacitado en técnicas de conciliación y miembro del CFIA y acreditado ante el Ministerio de Justicia y Paz, que facilita la comunicación entre las partes para que encuentren una solución conjunta.

En el CRC los procesos de conciliación son gratuitos cuando al menos una de las partes es miembro del CFIA.

Arbitrajes

Es un proceso privado donde las partes acuerdan que un tribunal arbitral resuelva su controversia. La decisión, conocida como laudo arbitral, tiene el mismo valor que una sentencia judicial y es de acatamiento obligatorio.

Dependiendo del tipo de arbitraje, el tribunal puede estar compuesto por:

  • De equidad: Árbitros miembros del CFIA que resuelven según principios de justicia y equidad.
  • De derecho: Abogados que deciden conforme a la normativa legal aplicable.
  • Mixto: Un presidente abogado y dos miembros del CFIA, combinando conocimientos legales y técnicos.
  • Pericial: Especialistas del CFIA que resuelven basándose en conocimientos técnicos específicos.

La cláusula arbitral debe incluir la voluntad de las partes de someterse al arbitraje en el CRC, el tipo de arbitraje (de derecho, de equidad, mixto, abreviado o pericial), y la composición del tribunal arbitral (la cantidad de árbitros: unipersonal o colegiado)

El proceso arbitral durará según la complejidad del caso, pero oscila entre seis y doce meses.

Depende de la naturaleza y complejidad del proyecto o conflicto. Se recomienda analizar las características del caso y consultar con su asesor legal para determinar la modalidad más adecuada.

El costo se determina en función de la cuantía en disputa, incluyendo honorarios de los árbitros y tarifas administrativas. Se puede solicitar una cotización preliminar al CRC.

Comités de Solución de Controversias (Dispute Boards)

Está compuesto por uno o tres neutrales, llamados adjudicadores, que acompañan la ejecución de una obra o servicio, emitiendo recomendaciones para facilitar el cumplimiento del contrato y resolver diferencias de manera expedita.

Son profesionales especializados en diversas áreas, seleccionados de una lista oficial del CRC, encargados de integrar los comités y dar soluciones técnicas durante el desarrollo del proyecto.

Idealmente, desde el inicio hasta la finalización del proyecto, permitiendo prevenir y resolver conflictos de manera oportuna.

El costo varía según las especificaciones, la duración del proyecto y los compromisos acordados entre las partes y los adjudicadores.